¿Cuándo puede cualquier persona bautizar válidamente a otro? Una mirada pastoral y canónica
El bautismo es el sacramento que nos introduce en la vida de Cristo y en la Iglesia (cf. Catecismo, nn. 1213-1257). Normalmente, se administra por un sacerdote o diácono , pero el Derecho Canónico contempla situaciones extraordinarias en las que cualquier persona puede hacerlo válidamente. 1. Fundamento canónico El Canon 861 §2 dice: “En caso de necesidad, cualquier persona, incluso si no es bautizada, puede bautizar, siempre que tenga la intención de hacer lo que hace la Iglesia y use agua junto con la fórmula trinitaria: ‘Yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo’.” Y el Canon 868 §2 agrega: “Se bautiza lícitamente un niño en peligro de muerte, aun sin el consentimiento de los padres.” De estos cánones se desprende: Validez del sacramento : cualquier persona puede administrar un bautismo válido si respeta la fórmula y la intención. Lícito en situaciones de necesidad extrema , sobre todo cuando hay peligro de muerte, aunque la ley permite cier...